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La Defensora del Pueblo Europeo confirma de manera oficiosa que abrirá una Investigación a la Comisión Europea/Comercio sobre la reclamación presentada por Economía Ciudadana en referencia al acceso a los documentos del Tratado Transatlántico TTIP y a la que se asignó el número 1777/2014/PL.
El #TTIP la información, tu derecho, la transparencia,su obligación
En el día de ayer, recibí una llamada de teléfono desde la oficina de la Defensora del Pueblo en Bruselas para comunicarme que el departamento jurídico había recomendado a Emily O'Reilly que se aceptará la reclamación presentada con número de reclamación 1777/2014/PL y que se abriera una investigación sobre la petición de acceso a los documentos del Acuerdo Transatlántico de Comercio e Inversiones, más conocido como TTIP, que está negociando la Unión Europea y Estados Unidos y a la que se le asigno el número de referencia GestDem 2014/3586 por parte de la Comisión de Comercio.
Un segundo aspecto de la conversación telefónica, se centró en la posibilidad de dejar a un lado la parte referente a las trabas administrativas que utilizaba la Comisión para retrasar cualquier reclamación que se realizará sobre el TTIP puesto que ya había una investigación en curso por parte de la oficina de la Defensora del Pueblo Europeo a raíz del caso OI/10/2014/MMN y permitir que la reclamación tuviera un número de caso independiente.
Es necesario recordar que la Defensora del Pueblo no abre nuevas investigaciones cuando se refieren al mismo argumentario, pero en la Reclamación presentada por Economía Ciudadana se presentaban argumentos nuevos y jurídicamente sólidos que apoyaban la reclamación bajo el principio de transparencia, eje vital en la legitimación de cualquier negociación.
Además de la argumentación jurídica en base a la Sentencia al Recurso de casación la Sala Primera del Tribunal de Justicia Europeo sobre el asunto 350/12 P, la oficina del Defensor del Pueblo Europeo defenderá la necesidad que se propone en la reclamación de la existencia de un organismo independiente que determine si un documento se ve afectado de manera total o parcial por las excepciones del Reglamento 1049/2001, ya que todas las respuestas a las peticiones de acceso a los documentos del TTIP por parte de la Comisión ha sido siempre negativas y basadas en criterios estrictos y cuestionables a la hora de aplicar las excepciones del Reglamento 1049/2001.
Este organismo independiente, que no entraría a analizar los contenidos en sí mismos, sino que se limitaría a determinar que documentos no forman parte de las líneas de estratégicas de negociación aún desconocidas por la contraparte y cuales si forman parte de esas líneas estratégicas, sea de manera total o parcial, llevando a efecto la interpretación del Tribunal Europeo de Justicia, que determina claramente que las partes no afectadas por dichas estrategia deben ser accesibles a los ciudadanos, ya sea de forma parcial o total.
Al ser extraordinariamente complejo la creación de un organismo capaz de cumplir con las características necesarias para realizar la labor técnica de determinar que documentos deben ser públicos y cuales deben mantenerse en secreto, he llegado al acuerdo con el Defensor del Pueblo, que dicho organismo independiente debería ser la Oficina del Defensor del Pueblo Europeo por contar con los medios necesarios y por ser una institución con el suficiente prestigio tanto para mí, como creo que para la Comisión Europea para realizar dicha función y que su dictamen pueda ser aceptados por las partes.
Tengo que reconocer que me siento satisfecho porque la línea argumental que he presentado no ha resultado ser algo anecdótico y carente de importancia como parece que es la opinión generalizada en el Parlamento Europeo y que puede abrir la puerta de acceso de manera legal a los ciudadanos a la documentación del TTIP.
En principio, debería tener la confirmación oficial y por escrito a finales de la semana que viene o a lo largo de la siguiente. En el momento que reciba la comunicación oficial, la hare pública, tal y como me he comprometido desde el principio, para que todos aquellos que estén interesados puedan seguir este procedimiento.
En este artículo incluyo el último programa en el que participado en Radio Gramsci y donde comento junto a David Serquera y Juan Moreno Yagüe en exclusiva esta noticia sobre el acceso a los documentos del TTIP, además de tener el placer escuchar la nueva estrategia legal planteada por Juan Moreno Yagüe para permitir que los afectados por el fraude de la salida a Bolsa de Bankia puedan recuperar su dinero invertido en acciones que valían mucho menos que el valor establecido por Bankia, con el beneplácito tanto del Banco de España como de la Comisión Nacional de Valores.
A modo de resumen y para aquellos lectores que quieran conocer más sobre todo el procedimiento que ha llevado a investigar al Defensor del Pueblo Europeo a la Comisión en su actuación a la hora de denegar el acceso a los documentos originales del TTIP, les dejo los enlaces y los títulos de todo lo que se ha publicado en Economía Ciudadana.
Versión en inglés “Historic European Union Court of Justice judgment breaks wall of silence around USA- EU Transatlantic Trade Agreement”
Versión en francés “Négociations internationales et transparence : la CJUE condamne la Commission européenne”
“Registro de la reclamación de Acceso a los Documentos del TTIP por la Defensora del Pueblo Europeo”